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Si realizaste la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) y cuentas con un saldo a favor, puedes enviar una solicitud a Sunat para efectuar la devolución de impuestos.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) habilitó el 17 de febrero el formulario virtual de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR). De contar con un saldo a favor, los contribuyentes de primera, segunda, cuarta y quinta categoría pueden solicitar la devolución de impuestos.
Si el trámite procede, la retribución del monto se dará a través de un depósito bancario desde el 13 de abril de 2020 en un plazo máximo de 30 días contados desde esa fecha.

¿Qué son las rentas de cuarta y quinta categoría?

Pertenece a las personas naturales que perciben ingresos por sus rentas de trabajo de forma independiente (rentas de cuarta categoría) o por su trabajo dependiente de alguna empresa o entidad (rentas de quinta categoría).

¿Cómo solicitar la devolución de impuesto a la renta?

Primero, deberás de asegurarte de realizar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) en la página web de la Sunat por medio del formulario virtual n°709.
De verificar que cuentas con un saldo favorable podrás solicitar la devolución de impuestos, proceso que se encuentra disponible desde el lunes 17 de febrero.
El aplicativo cuenta con la información de los ingresos y gastos deductibles de cada usuario. En el caso de constatar que faltan algunos, puedes ingresar los datos manualmente si conservas las boletas.
Los trabajadores en planilla no tienen la necesidad de realizar la solicitud. Solo deberán de rellenar el formulario y esperar la devolución de oficio que empezará el lunes 13 de abril.
Es importante recordar que para que Sunat deposite el monto sin contratiempos deberás de registrar correctamente tu Código de Cuenta Interbancario (CCI).

¿Qué es el impuesto a la renta?


El impuesto a la renta se determina cada año y grava las rentas que provienen del trabajo o de la explotación de un capital. Dependiendo de cada tipo, se aplica una tarifa y se grava el impuesto por medio de retenciones o de forma directa.
Fuente: larepublica.pe

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