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Desde este lunes 20, el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó la reanudación de las actividades económicas en materia de restaurantes y servicios afines en la modalidad de atención en salón, o directamente al público con aforo al 40%, excepto bares.

Esto de conformidad con la R. M. Nº 208-2020-Produce, la cual señala que estos establecimientos estarán sujetos a vigilancia sanitaria por parte de la autoridad municipal según la jurisdicción, para asegurar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad indicadas en la citada guía.

Lineamientos
Así, para el inicio de estas actividades, los interesados deberán elaborar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de covid-19 en el trabajo”, aprobado por R. M. N° 448-2020-Minsa, y el “Protocolo sanitario de operación ante covid-19 para restaurantes y afines en la modalidad de atención en salón”.

Además, estos documentos se remitirán vía correo electrónico al Minsa: empresa@minsa.gob.pe. Cumplido ello, se cuenta con autorización automática para iniciar las operaciones, refiere un informe del Estudio Rubio, Leguia & Normand.De acuerdo con la norma, todo personal de mediano y alto riesgo de exposición al covid-19 del restaurante debe pasar por la prueba serológica o molecular antes de regresar o reincorporarse a su puesto de trabajo. Para el personal de bajo riesgo, la aplicación de la prueba será potestativa.


 


Se recomienda además que el libro de reclamaciones sea en línea, así como que la documentación de ventas, facturas o boletas sean entregadas de preferencia en forma virtual

También mantener cerradas las zonas de recreación, bufé, mesas comunes y salones privados. Incluso se precisa la habilitación de espacios abiertos, entre ellos terrazas, jardines o patios, como zonas de atención.

Medios de pago del cliente
El protocolo publicado por Produce antepone la preferencia de los pagos con sistemas virtuales; aunque agrega que en el caso de usar tarjetas o pagos en efectivos se deberán desinfectar las manos después de la operación. Asimismo, precisa que habrá proporcionalidad en la exigencia de los requerimientos de prevención, ya que se ajustarán al tamaño, características y complejidad de las operaciones de la empresa en relación con el riesgo inherente de contagio. 


Fuente: elperuano.pe      

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