Desde este lunes 20, el Ministerio de la
Producción (Produce) aprobó la reanudación de las actividades económicas en
materia de restaurantes y servicios afines en la modalidad de atención en
salón, o directamente al público con aforo al 40%, excepto bares.
Esto de conformidad con la R. M. Nº
208-2020-Produce, la cual señala que estos establecimientos estarán sujetos a
vigilancia sanitaria por parte de la autoridad municipal según la jurisdicción,
para asegurar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad indicadas en la
citada guía.
Lineamientos
Así, para el inicio de estas actividades, los
interesados deberán elaborar el “Plan para la vigilancia, prevención y control
de covid-19 en el trabajo”, aprobado por R. M. N° 448-2020-Minsa, y el
“Protocolo sanitario de operación ante covid-19 para restaurantes y afines en
la modalidad de atención en salón”.
Además, estos documentos se remitirán vía correo
electrónico al Minsa: empresa@minsa.gob.pe. Cumplido ello, se cuenta con
autorización automática para iniciar las operaciones, refiere un informe del
Estudio Rubio, Leguia & Normand.De acuerdo con la norma, todo personal de
mediano y alto riesgo de exposición al covid-19 del restaurante debe pasar por
la prueba serológica o molecular antes de regresar o reincorporarse a su puesto
de trabajo. Para el personal de bajo riesgo, la aplicación de la prueba será
potestativa.
Se
recomienda además que el libro de reclamaciones sea en línea, así como que la
documentación de ventas, facturas o boletas sean entregadas de preferencia en
forma virtual
También mantener cerradas las zonas de recreación,
bufé, mesas comunes y salones privados. Incluso se precisa la habilitación de
espacios abiertos, entre ellos terrazas, jardines o patios, como zonas de
atención.
Medios de pago del cliente
El protocolo publicado por Produce antepone la
preferencia de los pagos con sistemas virtuales; aunque agrega que en el caso
de usar tarjetas o pagos en efectivos se deberán desinfectar las manos después
de la operación. Asimismo, precisa que habrá proporcionalidad en la exigencia
de los requerimientos de prevención, ya que se ajustarán al tamaño,
características y complejidad de las operaciones de la empresa en relación con
el riesgo inherente de contagio.
Fuente: elperuano.pe
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