El Banco Central de Reserva
del Perú (BCR) lanzó hace unos días un nuevo mecanismo para impulsar las
reprogramaciones de pago de deudas a favor de las familias peruanas y empresas
a tasas de interés bajas.
De acuerdo con el ente emisor, la
aplicación de estas operaciones significará una reducción de la tasa de interés
de los créditos reprogramados, especialmente de los préstamos que actualmente
tienen tasas superiores al 10%, en aproximadamente 20%.
Por ejemplo, si la tasa de
interés de una deuda refinanciada es del 25% anual, gracias a esta iniciativa,
a ese valor se le aplicará una reducción del 20%, con lo que la nueva tasa de
interés aplicada a la deuda será de cinco puntos porcentuales menos, es decir,
20%.
Para el caso de las deudas con
tasas de interés menores al 10%, el beneficio es una reducción directa de dos
puntos porcentuales. Así, si una deuda tiene una tasa de 9%, la reducción será
de dos puntos, con lo que la nueva tasa aplicada será 7%.
Solo presenta la
solicitud
Así, el prestatario o
cliente que desee obtener este beneficio, solo deberá presentar la
solicitud de refinanciamiento respectiva debidamente llenada.
Para que este instrumento
funcione, el BCR exige que las reprogramaciones sean hechas por las entidades
financieras a menores tasas de interés que lo que se cobraba
por los préstamos originales.
Plazo mínimo de 6
meses
Asimismo, los pagos
deberán reprogramarse a un plazo mínimo de seis meses en función a las
condiciones que acuerden los clientes con las entidades financieras
Según la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP (SBS), en lo que va del año, las instituciones financieras
ya han reprogramado el 50% de los créditos totales del sistema
financiero.
¿Y las entidades
financieras?
De acuerdo con lo establecido en
la circular 0021-2020-BCRP, las entidades financieras participantes deberán
cumplir con ciertas condiciones establecidas por el ente emisor, entre las que
se encuentran:
1. Efectivamente, el
plazo residual de los créditos debe ser mayor a seis meses.
2. Los créditos
reprogramados no deben corresponder a empresas vinculadas a la entidad
participante ni a sus directores y trabajadores.
3. Durante la
vigencia de la operación, la tasa de interés aplicable a los créditos
reprogramados deberá incorporar la reducción establecida por el BCR en la
convocatoria.
4. Asimismo, la
tasa de interés, luego de la vigencia de la operación, no debe exceder la tasa
de interés original del crédito.
Mecanismo de
reprogramación innovador
El Banco Central de Reserva del
Perú anunció el pasado domingo 8 de junio un nuevo mecanismo de reprogramación
mediante operaciones repo o de reporte (acciones de recompra en la que
una entidad financiera vende a un inversor un activo con el compromiso de
comprarlo en una fecha determinada a un precio pactado).
De esta manera, esta medida
incentiva a las entidades financieras a realizar estas operaciones denominadas
repo, pues las dota de liquidez a la vez que pueden reprogramar préstamos en
dificultades.
Fuente: andina.pe
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