
El Gobierno publicó un
decreto de Urgencia (DU) para facilitar el pago de los recibos de luz y gas
natural de los hogares vulnerables, cuyos comprobantes se emitan durante la
emergencia sanitaria, y que podrán pagarse hasta en 24 meses.
Accederán a esa facilidad los
hogares cuyo consumo de electricidad mensual no supere los 100 Kilowatts hora
(KwH). También los que reciben el servicio de los sistemas eléctricos rurales
no convencionales, abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo.
Además, los usuarios residenciales del
servicio de gas natural con consumos de hasta 20 M3/mes.
Fecha. Según la norma publicada en El
Peruano, el fraccionamiento de la deuda podrá realizarse hasta 30 días hábiles
posteriores a la culminación del estado de emergencia.
“Las compañías no podrán aplicar intereses
moratorios, cargos fijos por mora o cualquier otro concepto vinculado al no
pago de los recibos fraccionados”, señala.
Internet. Del mismo modo, el Gobierno
estableció facilidades para el pago de los recibos de telefonía, internet y
televisión por cable de la población vulnerable, pero hasta doce meses y que
tenga algún consumo durante la Emergencia Nacional.
“Entiéndase como servicios públicos de
telecomunicaciones a los servicios de telefonía fija y móvil, acceso a internet
fijo y móvil y distribución de radiodifusión por cable (televisión de paga)
contratados de manera individual o empaquetada. En el caso del servicio de
distribución de radiodifusión por cable solo comprende al plan mínimo que
ofrece cada empresa prestadora”, precisa.
La norma señala, además, que quienes
accedan a este beneficio, por indicación del operador, pasarán a tener un
paquete menor que el contratado, el mismo que será comunicado por la empresa a
Osiptel. Esta variación se mantiene hasta que el cliente decida migrar
nuevamente al servicio deseado.
Fuente: diariocorreo.pe
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